Rol | Descripción | Uso comodirección temporal ¿permitido? | Dirección Tipo | Nivel de detención | Automáticoscopiar dirección de la base de datos ¿contrato permitido? | Solodirección Principal ¿para ser usado? |
---|---|---|---|---|---|---|
PRP | Presentador | PRPTMPFLG | PRPTYPFLG | 3 | ||
OTH | Further Party | Y | 3 | |||
BE1 | 1er Beneficiario | Y | 3 | |||
BE2 | 2do Beneficiario | Y | 3 | |||
PRB | Presentador | Y | 3 | |||
ACB | Acc. with Bank (ACB) | Y | 3 | |||
ISS | Banco Emisor | Y | B | 3 | ||
RMT | Reimb. Bank Transfer | B | 3 | |||
OAP | Old Account Party | Y | 3 | |||
AVB | Available with Bank | Y | B | 3 | ||
A2T | 2do Bco Avis. Trans | Y | B | 3 | ||
ADT | Bco Avisador Transf. | Y | B | 3 | ||
A2B | 2do Banco Avisador | Y | B | 3 | ||
ADV | Banco Avisador | Y | B | 3 | ||
CON | Banco Confirmador | Y | B | 3 |
La parte presentadora presenta los documentos de la L/C original al banco utilizando la aplicación. Esta debe ser una de las partes de la L/C original (1.o beneficiario) o puede introducirse libremente.
Esta es la parte que debe realizar el pago en virtud de la L/C original.
La L/C de exportación original ha sido aconsejada a favor del primer beneficiario. Cuando el segundo beneficiario presente los documentos, el primer beneficiario tendrá derecho a sustituir la factura y cualquier borrador presentado por el segundo beneficiario por sus propios documentos para utilizar la L/C de exportación original.
El segundo beneficiario es la parte a cuyo favor se ha transferido la L/C original. Este es el exportador de las mercancías que crea y presenta (si no se requiere lo contrario en la L/C) los documentos solicitados en virtud de la transferencia.
El presentador presenta al banco utilizando la aplicación con los documentos bajo la L/C transferible. Puede ser una de las partes del conjunto de documentos de transferencia (2.o beneficiario, banco asesor) o puede introducirse libremente.
El banco «Cuenta con» es el banco de correspondencia de una de las partes. Se especifica si el banco que utiliza la aplicación no tiene una relación de cuenta directa con la parte.
El banco emisor es el banco que ha sido instruido por el solicitante para notificar la L/C original.
El banco de reembolso es uno de los bancos de correspondencia del banco de transferencia. Por lo general, el banco de transferencia tiene cuentas con el banco de reembolso en divisas extranjeras, que se pueden especificar cuando se abre la transferencia para el banco de transferencia en una divisa extranjera. El banco en el que está disponible la transferencia puede reembolsar al banco reembolsador al vencimiento.
Esta parte no es parte de la transacción comercial exterior subyacente.
Esto es necesario para las operaciones internas de la aplicación con el fin de garantizar la contabilización correcta de los pasivos en caso de que se cambie el responsable.
Si los documentos del beneficiario se entregan a un banco distinto del banco asesor contra pago, aceptación o pago diferido, también se puede introducir este banco
Si el banco asesor no es el banco principal del segundo beneficiario, se puede introducir un segundo banco asesor.
El banco asesor es el banco que recibe la notificación de la L/C transferida y la envía al segundo beneficiario o a su banco.
Si el banco que utiliza la aplicación no es el banco principal del beneficiario o si el solicitante requiere que la L/C sea asesorada por un banco distinto al que utiliza la aplicación, este banco se puede introducir aquí. Toda la correspondencia al beneficiario se envía entonces a este segundo banco asesor. No hay contacto directo con el beneficiario.
Si la L/C de exportación no se presenta directamente al banco utilizando la aplicación, sino a través de un banco intermediario correspondiente del banco emisor, esto se denomina banco asesor. El 1.er banco asesor puede utilizarse si el banco emisor tiene un acuerdo con el banco emisor que estipula que todas las L/C para un determinado país solo pueden/deben ser asesoradas por el 1.er banco asesor.
Además de la obligación irrevocable del banco emisor de realizar el pago, también puede existir una cobertura adicional de la L/C proporcionada por el banco confirmante. Esta segunda promesa de pago sirve para cubrir los riesgos que podrían existir en el banco emisor (en el país y/o en el banco) y en el país del importador (por ejemplo, riesgos de cobertura de una moratoria de pagos debido a una escasez de divisas extranjeras). El banco confirmante será responsable ante el beneficiario si el banco emisor no cumple con sus obligaciones en virtud de la L/C.
El banco confirmante puede ser el banco que utiliza la aplicación u otro banco.